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INEDITO ACUERDO SALARIAL MUNICIPAL ATA AUMENTOS A LA INFLACION

El Municipio de Italó Dará Aumentos Bimestrales Iguales a la Inflación

Los asalariados en Argentina vienen sufriendo el impacto de la inflación permanente que destroza el poder adquisitivo de los haberes y siempre los va relegando con pérdidas crónicas entre los aumentos que logran los gremios y las escaladas de precios que siempre se dan en porcentajes mayores por lo que el inédito acuerdo , sellado en una ordenanza municipal, implementado en Italó ata las variaciones del Indice de Precios de Consumidor a una suba automática del mismo calibre en forma bimestral sobre la liquidación de sueldos.

El gremio de los municipales tuvo un deterioro importante a fines de los noventa y principios de la década del dos mil donde sus trabajadores llegaron a cobrar en bonos, con atrasos y sufrieron una gran depresión que luego no se pudo recuperar con el paso de los años a pesar del intento de cada gestión por asignar subas que, al ser cifras bajas, no tienen mucho impacto.

En este contexto algunos municipios ha ido aplicando incrementos y algunos han llegado en los últimos años al cien por ciento interanual pero la inflación real se ubica en el ciento veinte por ciento y eso los va relegando en el escenario económico de un país que no logra frenar el flagelo de  las subas generalizadas.

En Italó se han venido reiterando reuniones entre el gremio y las autoridades del Departamento Ejecutivo en la búsqueda de incrementos y de la dignidad de los empleados y esta semana se registró un hecho inédito que puede sentar un precedente para otros espacios del ámbito público o privado y se dispuso aplicar subas bimestrales tomando como referencia el Indice de Precios al Consumidor ( IPC) y así acompañar la inflación evitando el deterioro crónico en el poder adquisitivo.

El texto de la ordenanza a la que accedió IR Noticias Centro expone el panorama de negociaciones y la posibilidad inmediata de la gestión municipal de brindar un aumento del 50 por ciento como pidió el SUOEM pero asignaron un diez por ciento en febrero y luego entra en vigencia esta ordenanza con acuerdos programados desde marzo y cada dos meses tomando el IPC como referencia directa.

El intendente Ariel Vidoret marca una medida innovadora que podría ser reflejada en otras administraciones y que podría ser la llave del freno ala inflación si se obligara a las grandes empresas monopólicas  a pagar salarios con ese ajuste porque así dejarían de aumentar en forma desmedida sus productos porque luego eso los obligaría a pagar más salarios; «esta medida fue resultado  de un análisis permanente desde que tomamos el gobierno local, sabemos y somos conscientes que  los sueldos son bajos pero es lo que está al alcance de la administración, a partir de ahora lo que suban los precios subirá el salario cada dos meses y en valores remunerativos para beneficiar también a los jubilados, creemos que es lo más justo y haremos un esfuerzo por cumplirlo porque deberemos también optimizar el manejo de los fondos públicos» dijo Vidoret.

El texto de la ordenanza es el siguiente…..

ORDENANZA 007/2023

FUNDAMENTOS:

Habiéndose realizado diversas reuniones de trabajo con el objeto de acordar los ajustes salariales para el año 2023  entre las diversas entidades gremiales, A.T.E. y S.U.O.E.M. en representación de los trabajadores, el Intendente Municipal y el Secretario de Coordinación en representación del Departamento Ejecutivo, donde se plantearon, por parte de los delegados sindicales, las diversas necesidades de los trabajadores, principalmente la urgente recomposición de los salarios relegados por la inflación.
Por una parte, los delegados sindicales de A.T.E., según la reunión realizada el día 06 de febrero de 2022 con el departamento ejecutivo municipal, habiendo planteado sus pedidos y escuchado la propuesta del municipio, han decidido firmar la correspondiente acta acuerdo en la mencionada fecha, aceptando la propuesta ofrecida por el ejecutivo municipal.
Por otra parte, los delegados del S.U.O.E.M, se reunieron con el ejecutivo el día 09 de febrero, fecha en la que el municipio presento su propuesta salarial, quedando la misma a una posterior respuesta por parte del gremio, según nota enviada al ejecutivo municipal con fecha 14 de febrero de 2023, ya evaluada la propuesta, solicitan para los trabajadores municipales, una recomposición salarial del orden del 50% (cincuenta por ciento) sobre los básicos de las  categorías escalafonarias actuales para el primer semestre del año de forma fraccionada.


Así, planteadas las negociaciones, el municipio resuelve elevar para su tratamiento, ante el Concejo Deliberante, la propuesta presentada respaldada en sobrados fundamentos.
Primeramente, dejar en claro que no es un pedido desmedido el del S.U.O.E.M. en el marco de la realidad económica actual, pero, los ingresos con el que municipio debe afrontar el pago de salarios, (coparticipación provincial), nos limita a realizar la actualización solicitada en ese plazo de tiempo, dado que su variación mensual va en ajuste con la variación del IPC, y a veces por debajo del mencionado índice, a causa de caídas en la recaudación impositiva provincial.
La propuesta del municipio, asegura que los salarios de los trabajadores municipales no pierdan ante la inflación durante el año 2023, proponiendo una actualización porcentual de los básicos en relación directa con la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC.
En el periodo febrero 2023 se hizo efectivo un aumento del 10% (10 por ciento) remunerativo, llegando a un incremento interanual del 93,6% entre febrero 22/23, además, se estableció, en favor de los trabajadores, una fórmula de reajuste automático para el ítem “Refrigerio”, representando ahora este adicional un incremento más en el bolsillo del empleado municipal, pasando, en los haberes de febrero, de$1.000 a $3.054.

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE ITALÓ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA
“CON FUERZA DE ORDENANZA”:

Artículo 1o – ESTABLEZCASE como variable de actualización salarial para el año 2023 para los trabajadores de la administración municipal, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado mensualmente por el INDEC, o el que en un futuro lo reemplace.

Artículo 2o – FIJESE como porcentaje mínimo de actualización anual, el 60% (sesenta por ciento), según lo establece la ordenanza de Presupuesto sancionada para el año 2023 y el porcentaje máximo anual estará dado por los ajustes establecidos en el artículo 5o de la presente, según la variación del IPC entre febrero y diciembre 2023.

Artículo 3o – FIJESE como tope de actualización bimestral el 15% (QUINCE POR CIENTO).

Artículo 4o – DETERMINESE que los ajustes serán acumulativos y siempre el nuevo cálculo de reajuste se aplicara sobre el básico vigente al momento de la actualización.

Artículo 5o – ESTABLEZCANSE los siguientes ajustes salariales:
1. En los haberes de marzo: (variación IPC de Febrero 2023)
2. En los haberes de mayo: (variación IPC de Marzo + Abril 2023)
3. En los haberes de julio: (variación IPC de Mayo + Junio 2023)

4. En los haberes de septiembre: (variación IPC Julio + Agosto 2023)
5. En los haberes de noviembre: (variación IPC Sep. + Octubre 2023)
6. En los haberes de diciembre: (variación IPC Nov + estim. Dic 2023)

Artículo 6o – COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE.Dada en sesión Ordinaria

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